¿Qué seguros son obligatorios para un negocio?

  • Ser empresario conlleva una serie de obligaciones y los seguros juegan un papel muy importante. Estos, cobran vital importancia como red de seguridad frente a pérdidas materiales y económicas vinculadas a la actividad. Pero, no todos ellos son obligatorios. 

    Lo primero es que según el número de trabajadores y el sector en el que se encuentre el negocio, esto varía. Por ejemplo, no es lo mismo una empresa que lleve un autónomo a una que tenga varios empleados. Teniendo esto en cuenta, los seguros que siempre son obligatorios por ley son: 


    1.Seguro de accidentes de convenio: esta póliza es obligatoria cuando tu negocio cuente con trabajadores y tu empresa esté sujeta a un Convenio Laboral. Con ella, respondes en forma de indemnización ante tus empleados cuando estos sufran un accidente, invalidez o fallecimiento. Las garantías, límites de indemnización o ámbitos de la cobertura vendrán determinados por el Convenio que tengas suscrito. ¿Riesgos en caso de no contratarlo? Que tú asumas todas las indemnizaciones señaladas anteriormente.


    2.Seguro de responsabilidad civil: como empresario cada día lidias con diferentes riesgos que pueden derivar en pérdida de patrimonio personal. Con la Responsabilidad Civil, te proteges ante posibles errores o daños civiles que tu actividad pueda provocar a otros.


    3.Seguro Multirriesgo: esta póliza está centrada en proteger tu local, ya sea una oficina, una tienda… Con ella cubres los daños derivados por robo o incendio, así como posibles perjuicios causados a los vecinos. También se contemplan los daños que pueda sufrir la propia mercancía almacenada en tu espacio de trabajo.


    4.Seguro de vehículos: como es lógico, la obligatoriedad de este tipo de póliza está ligada al uso de cualquier vehículo durante la actividad laboral, ya sea un coche, o cualquier otro tipo de transporte o flota.


    Además de estos cuatro, hay otra serie de seguros que son recomendables, aunque no son obligatorios por ley: 


    1.Seguros de accidentes: porque además del accidentes de convenio que indicaba anteriormente como obligatorio, existen otras muchas modalidades de este tipo de seguro que sería conveniente tener en cuenta. Merece mención especial el seguro de accidentes colectivos, ideal para proteger a toda la plantilla cuando no exista un convenio laboral.


    2.Seguro de salud: sobre todo en el caso de los autónomos, donde cualquier problema de salud puede acarrear importantes consecuencias en el negocio. Además, si perteneces a este colectivo puedes deducirte parte de la prima en la declaración del IRPF. Y como empresario, siempre es una buena garantía tener a los empleados asegurados para que puedan recibir una atención rápida y de calidad cuando causen baja. Además, también puedes deducirte el gasto en el Impuesto de Sociedades.


    3.Seguro de vida: la parte económica es el motor de tu actividad, la gestión de tu empresa es tu responsabilidad y un imprevisto puede ocurrir en cualquier momento. Con el seguro de vida, en caso de fallecimiento los beneficiarios que designes recibirán el capital asegurado, de tal forma que en tu ausencia las consecuencias económicas para tus más allegados se minimicen.

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